Normativa de facturación y presentación de informes electrónicos en República Dominicana para el sector hotelero. Conozca las regulaciones actuales y futuras, junto con las soluciones de nuestros socios comerciales para un cumplimiento optimizado.
Este no es un documento aprobado por la ley. Aquí describimos los procesos que siguen nuestros clientes en República Dominicana con respecto a los requisitos legales de la región, ya que es posible utilizar Cloudbeds junto con otros servicios de terceros para cumplir con todos los requisitos.
Facturación electrónica
Normativa vigente
A partir del 16 de mayo de 2023, el gobierno dominicano anunció la aplicación de una ley de facturación electrónica que exige a todos los contribuyentes la emisión de facturas fiscales electrónicas.
La ley se aplica a las personas naturales (físicas) y jurídicas, públicas o privadas. También es aplicable a las personas jurídicas sin personalidad jurídica domiciliadas en la República Dominicana que realicen transferencias de bienes, entregas en uso o prestación y arrendamiento de servicios a título oneroso o gratuito.
Información sobre requisitos para sistemas emisores de facturas:
- Deben ser reconocidos y autorizados como tal por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
- Deben contar con un certificado digital para Procedimiento Tributario, emitido y firmado digitalmente, por una entidad certificadora autorizada por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL).
- Deben cumplir con el requisito de firmas holográficas o manuscritas y sellos comerciales para facturas electrónicas mediante el uso de firmas digitales respaldadas por un certificado digital.
Las facturas electrónicas no podrán modificarse una vez firmadas digitalmente y enviadas a la DGII. - La factura electrónica deberá cumplir con el formato estándar establecido por la autoridad tributaria, el cual será validado mediante sistemas informáticos. Las facturas electrónicas sólo serán admisibles cuando cumplan con esta validación.
- Las facturas electrónicas se enviarán a la autoridad y al receptor electrónico a través de aplicaciones electrónicas conectadas a internet y en un archivo XML.
- La factura electrónica tendrá una Representación Impresa (RI) del E-CF que se entregará como documento físico a receptores no electrónicos en excepciones. En caso contrario, se entregará a los receptores electrónicos cuando se encuentren en contingencia para que puedan acreditar y reportar a la autoridad y a terceros las operaciones de compra, así como sustentar el crédito tributario o al consumo, y conservar los documentos indicados conforme lo establece la legislación vigente.
- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) será la autoridad competente para validar y certificar el contenido e integridad de la factura electrónica.
Al ser entidades acreditadas por INDOTEL, nuestros socios actúan como emisores electrónicos en nombre de nuestros clientes. Ellos se aseguran de que usted cumpla con los requisitos de facturación electrónica en la República Dominicana. Nuestros socios certificados extraen información de facturas de Cloudbeds y le permiten generar facturas dentro de su sistema que cumplen con los requisitos técnicos de la DGI, incluida la aplicación de la firma electrónica.
Soluciones de socios comerciales:
- Panafacturas (Disponibilidad estimada al final del T3, 2024).
Recibos fiscalizados
Normativa vigente: No existe una normativa actual o futura.
Informes estadísticos
Normativa vigente: No existe una normativa actual o futura.
Informes de huéspedes
Normativa vigente: No existe una normativa actual o futura.
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